El Ayuntamiento de Arjona y la Junta de
Andalucía han multiplicado días atrás sus mensajes para concienciar a los arjoneros y andaluces en general de usar de
forma obligatoria la mascarilla a partir de mañana miércoles, 15 de julio, a las 00 h., tanto en espacios abiertos como en los espacios cerrados, incluidas playas y piscinas.
Blog de Arjona se hace eco de la noticia para informar a sus lectores de las medidas adoptadas por el Consejo de Gobierno de la JUNTA DE ANDALUCÍA.
Blog de Arjona se hace eco de la noticia para informar a sus lectores de las medidas adoptadas por el Consejo de Gobierno de la JUNTA DE ANDALUCÍA.
La medida tiene excepciones muy
limitadas, como son las unidades familiares o a la hora de comer o bañarse en
el mar o piscina o tomar el sol de forma estática con convivientes guardando la
distancia de seguridad con el resto.
Los velatorios al aire libre se reducen
de 60 a 25 personas y en el caso de los recintos cerrados de 30 a 10 personas.
Las mascarillas serán obligatorias para
las personas de seis años en adelante, por tanto, quienes cuenten con menos de
esa edad no tendrán que llevarla obligatoriamente.
Viajeros en vehículo privado que vivan
juntos. Se dispone que la mascarilla es de uso obligatorio en medios de
transporte aéreo, marítimo, en autobús o en ferrocarril. También, en los
transportes públicos y privados complementarios de viajeros en vehículos de
hasta nueve plazas, incluido el conductor, si los ocupantes de los vehículos de
turismo no conviven en el mismo domicilio.
Enfermedades o problemas respiratorios. La obligación del uso de la mascarilla no será exigible para las personas que
presenten algún tipo de enfermedad o dificultad respiratoria que pueda verse
agravada por el uso de la misma. Tampoco para aquellas personas que por su
situación de discapacidad o dependencia no dispongan de autonomía para quitarse
la mascarilla, o bien presenten alteraciones de conducta que hagan inviable su
utilización.
Deporte al aire libre. En el caso de
ejercicio de deporte individual al aire libre tampoco se exigirá su uso.
Causas de fuerza mayor. No habrá que
llevar mascarilla en los supuestos de fuerza mayor o situación de necesidad o
cuando, por la propia naturaleza de las actividades, el uso de la mascarilla
resulte incompatible, con arreglo a las indicaciones de las autoridades
sanitarias.
Baño y sombrilla. Por otro lado,
no será necesario llevar la mascarilla en las playas y piscinas durante el baño
y mientras se permanezca en un espacio determinado, siempre y cuando se pueda
respetar la distancia de seguridad interpersonal entre los usuarios. En cambio,
para los desplazamientos y paseos en las playas y piscinas sí será obligatorio
el uso de mascarilla.
Comida y bebida, también se podrá
prescindir puntualmente de la mascarilla para el propio ejercicio de comer o
beber, dada la imposibilidad de hacerlo con el cubrebocas
Deberán seguir las condiciones de
aislamiento o cuarentena establecidas desde salud pública las personas que sean
consideradas sospechosas o con probable infección por el virus SARS-CoV-2 o que
se encuentren pendientes de los resultados de pruebas diagnósticas por este
motivo; las que sean consideradas como caso confirmado con infección activa; y
las consideradas contacto estrecho de un caso sospechoso.
DICHO INCUMPLIMIENTO PUEDE SER SANCIONADO CON MULTAS DE 100 €
Fuentes:
-La imagen de portada pertenece a marca.com.
-La base de la información se ha tomado de la Página de facebook de Marián Adán Paz. Diputada de Ciudadanos por Jaén al Congreso de los Diputados.
No hay comentarios:
Publicar un comentario