martes, 14 de julio de 2020

El uso de la mascarilla es obligatorio desde mañana miércoles, salvo para los niños menores de seis años



     El Ayuntamiento de Arjona y la Junta de Andalucía han multiplicado días atrás sus mensajes para concienciar a los arjoneros y andaluces en general de usar de forma obligatoria la mascarilla a partir de mañana miércoles, 15 de julio, a las 00 h., tanto en espacios abiertos como en los espacios cerrados, incluidas playas y piscinas.
     Blog de Arjona se hace eco de la noticia para informar a sus lectores de las medidas adoptadas por el Consejo de Gobierno de la JUNTA DE ANDALUCÍA.     
     La medida tiene excepciones muy limitadas, como son las unidades familiares o a la hora de comer o bañarse en el mar o piscina o tomar el sol de forma estática con convivientes guardando la distancia de seguridad con el resto.
     Los velatorios al aire libre se reducen de 60 a 25 personas y en el caso de los recintos cerrados de 30 a 10 personas.
     Las mascarillas serán obligatorias para las personas de seis años en adelante, por tanto, quienes cuenten con menos de esa edad no tendrán que llevarla obligatoriamente.
     Viajeros en vehículo privado que vivan juntos. Se dispone que la mascarilla es de uso obligatorio en medios de transporte aéreo, marítimo, en autobús o en ferrocarril. También, en los transportes públicos y privados complementarios de viajeros en vehículos de hasta nueve plazas, incluido el conductor, si los ocupantes de los vehículos de turismo no conviven en el mismo domicilio.
     Enfermedades o problemas respiratorios. La obligación del uso de la mascarilla no será exigible para las personas que presenten algún tipo de enfermedad o dificultad respiratoria que pueda verse agravada por el uso de la misma. Tampoco para aquellas personas que por su situación de discapacidad o dependencia no dispongan de autonomía para quitarse la mascarilla, o bien presenten alteraciones de conducta que hagan inviable su utilización.
     Deporte al aire libre. En el caso de ejercicio de deporte individual al aire libre tampoco se exigirá su uso.
      Causas de fuerza mayor. No habrá que llevar mascarilla en los supuestos de fuerza mayor o situación de necesidad o cuando, por la propia naturaleza de las actividades, el uso de la mascarilla resulte incompatible, con arreglo a las indicaciones de las autoridades sanitarias.
      Baño y sombrilla. Por otro lado, no será necesario llevar la mascarilla en las playas y piscinas durante el baño y mientras se permanezca en un espacio determinado, siempre y cuando se pueda respetar la distancia de seguridad interpersonal entre los usuarios. En cambio, para los desplazamientos y paseos en las playas y piscinas sí será obligatorio el uso de mascarilla.
     Comida y bebida, también se podrá prescindir puntualmente de la mascarilla para el propio ejercicio de comer o beber, dada la imposibilidad de hacerlo con el cubrebocas
     Deberán seguir las condiciones de aislamiento o cuarentena establecidas desde salud pública las personas que sean consideradas sospechosas o con probable infección por el virus SARS-CoV-2 o que se encuentren pendientes de los resultados de pruebas diagnósticas por este motivo; las que sean consideradas como caso confirmado con infección activa; y las consideradas contacto estrecho de un caso sospechoso.

     DICHO INCUMPLIMIENTO PUEDE SER SANCIONADO CON MULTAS DE 100 €

     Fuentes:
     -La imagen de portada pertenece a marca.com.
     -La base de la información se ha tomado de la Página de facebook de Marián Adán Paz. Diputada de Ciudadanos por Jaén al Congreso de los Diputados.

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